Actualizado el 23 de junio de 2026.
La nueva ley de control horario digital sigue en tramitación y todavía no tiene fecha de entrada en vigor. El texto, que obliga al fichaje digital y prohíbe el papel y el Excel, se aprobará mediante Real Decreto, pero el calendario sigue abierto: la fecha tope del 21 de junio de 2026 que fijó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para llevarlo al Consejo de Ministros se ha superado sin que el decreto llegara a aprobarse. Trabajo ha aceptado los cambios que exigía el Ministerio de Economía para desbloquearlo y no descarta aprobarlo antes de agosto de 2026.
Adelántate al decreto. Migra ya a un sistema digital con el registro horario digital gratuito: cumples la normativa vigente y estarás listo para la nueva ley.
¿En qué punto está la tramitación?
- Existe un borrador del Real Decreto impulsado por el Ministerio de Trabajo.
- El Consejo de Estado emitió un informe crítico en marzo de 2026 sobre impacto económico, encaje jurídico y protección de datos.
- Novedad (23 de junio de 2026): la fecha tope del 21 de junio de 2026 se ha superado sin que el decreto se aprobara en Consejo de Ministros. El Ministerio de Trabajo ha aceptado los cambios que reclamaba el Ministerio de Economía (Carlos Cuerpo) para desbloquearlo —menor impacto para las pymes, especialidades por sectores como el empleo del hogar, más margen para la negociación colectiva y refuerzo de la protección de datos— y mantiene la vía del Real Decreto. No se descarta su aprobación antes de agosto de 2026.
- Aun así, a 23 de junio no está publicado en el BOE y la fecha de entrada en vigor sigue sin fijarse.
¿Qué hacer mientras tanto?
La normativa vigente (RD-ley 8/2019) ya obliga a registrar la jornada y la Inspección aplica criterios estrictos. Conviene adelantarse y migrar a digital. Lee la guía completa de la nueva ley.
Preguntas frecuentes
¿Ya ha entrado en vigor la nueva ley de control horario?
No. A junio de 2026 sigue en tramitación y sin fecha definitiva de entrada en vigor.
¿Qué obligaciones impone el registro ahora mismo?
Las del RD-ley 8/2019: registro diario de la jornada, conservación 4 años y disponibilidad para la Inspección.
¿Debo esperar a que se apruebe para actuar?
No. La obligación de registrar la jornada ya existe; adelantarse a lo digital reduce riesgos.